
¿POR QUÉ LA CALLE ES MEJOR QUE EL CENTRO DE MENORES?
“¿Por qué no vuelves al centro [de menores]?” le preguntó, “ahí no tendrás estos problemas de la calle y podrás conseguir tus papeles en unos meses. Sin ellos, te quedarás aquí en Melilla estancado”.
Fatih –nombre ficticio para proteger su identidad- apretaba la mandíbula con los ojos llenos de lágrimas. Era frustración mezclada con desesperación y vergüenza. Fatih fue todo el camino callado desde la playa hasta la cafetería en la que nos sentamos a hablar, fuera del circuito de la Policía Nacional. Solamente movía los brazos para tocar la tirita de la ceja que le acababan de poner en la enfermería. De entre un grupo de 15 chicos menores marroquíes que están en situación de calle, que pasaban el mediodía jugando en la playa, un pequeño grupo se agitó y Fatih acabó con la ceja abierta, limpiándose la sangre en el mar. Es habitual las peleas entre ellos, a pesar de que son amigos y se protegen los unos a los otros, el exceso de tiempo juntos, el malestar de vivir en la calle, el desprecio de la sociedad hacia ellos y la escasez de oportunidades para salir de Melilla, hace que las hormonas se remuevan y acaben en las manos. Pelean como medio para gestionar sus emociones, por aburrimiento, por rivalidad y por supervivencia.
“Tienes que callarte y aguantar, ser respetuoso y pedir todo por favor y gracias”, le decía a Fatih, cabizbajo y sin camiseta. Alguien en la playa se la había cogido. “Yo no sé español, no podría ni decir que me cambien la tirita”, despertó Fatih con los ojos todavía más húmedos. Y rompió a llorar. Lloró como no le había visto nunca: como el niño que es. Lloró en silencio, olvidándose del bocadillo que había pedido para comer. Lloró porque sabía que la calle era aún peor que el centro de acogida.
Fatih ha cumplido 17 años en Melilla, aunque los cumplió en la calle. Él es lo que despectivamente en Melilla se conoce como MENA: menor extranjero no acompañado. Él es de los que piden comida a la salida del supermercado y lleva entre la goma de su pantalón y su barriga, un paño empapado en pegamento. No roba, hace risky y se escapa de la policía diariamente.
Antes de ir hasta el Parque Hernández en busca de los cuestionados educadores de calle que el gobierno de Imbroda contrató como medida para mejorar la situación de los menores en situación de calle de la Ciudad Autónoma, fuimos a comprarle algo de ropa a Fatih: unas zapatillas, un vaquero corto y dos camisetas, 5€. “En el centro no les proporcionan ropa ni material de aseo al llegar”, se denuncia, entre otras cosas, desde la Asociación Pro Derechos de la Infancia, PRODEIN. Según el artículo 3 de la Convención de Derechos del Niño, “los Estados Partes [España en este caso] se asegurarán de que las instituciones, servicios y establecimientos encargados del cuidado o la protección de los niños [el centro La Purísima] cumplan las normas establecidas por las autoridades competentes, especialmente en materia de seguridad, sanidad, número y competencia de su personal, así como en relación con la existencia de una supervisión adecuada”.
Junto con cepillo de dientes, toalla y un par extra de calcetines, nos sentamos en un banco con cuatro menores más a esperar a que la Policía Nacional estuviese libre para recoger a Fatih y subirlo al Centro de Menores La Purísima. “Este chico ya ha subido muchas veces, ¿de verdad quiere subir por voluntad propia?”, preguntaba sorprendido uno de los educadores de calle. “Nosotros hablamos con los niños de la calle y les preguntamos por qué no van al centro a vivir”, comenta el que llevaba 3 meses trabajando. Los otros cuatro menores leían conmigo un libro religioso que estaba olvidado en el banco. Antes de que llegase la policía, ya se habían ido a buscarse la vida por el centro.
Cinco días más tarde, me encontré con Fatih en la playa. “Me he ido del centro, unos chicos de ahí quisieron robarme y que les diera cada semana el dinero que conseguía en la calle. Les dije que no y quisieron pegarme”. El artículo 19 de la Convención declara que “los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo”.