
LEVANTANDO LA ALFOMBRA: EXTERNALIZACIÓN Y CONDICIONALIDAD
Recientemente hemos conocido una noticia bastante llamativa, si bien ha pasado algo desapercibida. Dinamarca donó hace varios meses un cargamento de 250.000 vacunas contra la Covid-19 a Ruanda; sin embargo, este país las ha rechazado. ¿El motivo? De acuerdo con una investigación realizada por un destacado periódico danés, esta donación no fue un simple acto altruista, sino que coincidió en el tiempo con negociaciones poco transparentes entre altos funcionarios de ambos países. De esta forma, la donación sería una forma de condicionalidad en los acuerdos, vinculada a los intentos daneses de crear centros en Ruanda donde alojar a las personas que soliciten asilo en Dinamarca. Este sería un paso más en la polémica estrategia del país nórdico para externalizar sus obligaciones de asilo en terceros Estados.
El intento danés de crear estos centros en países africanos tiene su precedente directo en la ley aprobada en junio de 2021 e impulsada por el gobierno socialdemócrata. Esta ley no solo prevé que las personas solicitantes de asilo sean reubicadas temporalmente en Estados ajenos durante la tramitación, sino que, de ser aceptadas, habrían de permanecer en ellos. Los objetivos son claros, tal y como admite públicamente el portavoz socialdemócrata sobre inmigración: “Si pides asilo en Dinamarca, sabes que serás enviado a un país fuera de Europa. Por tanto, esperamos que la gente deje de pedir asilo en Dinamarca”. Las reacciones a esta ley no se hicieron esperar, y fue ampliamente criticada por ACNUR y múltiples organizaciones no gubernamentales como Amnistía Internacional, calificando estas medidas de “inadmisibles y potencialmente ilegales”.
Sin embargo, aunque el ejemplo de Dinamarca es –por el momento– único dentro de la Unión Europea, lo cierto es que puede enmarcarse dentro de una corriente generalizada de externalización y securitización de las fronteras europeas, vinculada al paradigma de la reducción de la inmigración no deseada por los Estados. Así, a la par que se creaba el espacio Schengen y se eliminaban las fronteras internas de la Unión, las fronteras externas se han visto progresivamente intensificadas. Y no solo hablamos del endurecimiento de las fronteras en sí, de verjas como las que se reforzaron en Ceuta y en Melilla durante las últimas décadas, sino también de esa externalización de las fronteras, destinada a delegar esta función de restricción y disuasión migratoria a los Estados de origen y de tránsito de migrantes.
Desde una visión escéptica, la externalización supone un chollo: no solo reduce el número de llegadas de personas, sino que de esta forma se diluye la percepción de responsabilidad en las medidas moral y políticamente cuestionables, así como en la vulneración de los derechos humanos de estas personas. Este carácter opaco, por tanto, es un rasgo importante a tener en cuenta en la externalización de las fronteras, y suele verse acentuado por el carácter poco democrático de la mayor parte de Estados con los que se firman estos acuerdos. Cabe añadir también que muchos de estos acuerdos tienen lugar a través de medios informales y con frecuencia no se hacen públicos, dificultando aún más la rendición de cuentas sobre estos acuerdos e ignorando sus trágicas consecuencias.
Por otra parte, estos acuerdos requieren algún tipo de contrapartida. Así, autores como Lorenzo Gabrielli señalan la existencia de una condicionalidad migratoria[1], mediante la cual se usan distintas monedas de cambio: inversiones económicas, concesiones en política exterior, incrementos en la ayuda al desarrollo… Es aquí donde podemos situar la entrega nada altruista de vacunas a Ruanda, pero también otros acuerdos controvertidos como el que tuvo lugar entre la UE y Turquía en 2016, por la que este país incrementó el control sobre las rutas migratorias a cambio de financiación y avances en la integración con la Unión.
Entre las numerosas críticas que pueden hacerse a esta condicionalidad migratoria, encontramos que parten de un enfoque asimétrico que, en ocasiones, se aproxima a lo neocolonial, especialmente en el caso de aquellos Estados con menor capacidad de negociar o de oponerse a la presión europea. Es cierto que no debemos subestimar la capacidad de agencia de los Estados a la hora de potenciar sus intereses estratégicos frente a Europa –lo cual sucede especialmente con potencias regionales como Turquía o Marruecos–. Sin embargo, la delegación de las responsabilidades migratorias a terceros países y la presión por distintos medios para que adapten sus políticas supone una injerencia injustificada de los Estados europeos en favor de sus intereses, especialmente en aquellos casos en los cuales se condiciona la cooperación y la ayuda internacional al control férreo de las migraciones y a la aceptación de acuerdos de repatriación.
Por otra parte, el condicionamiento de estos acuerdos a cuestiones migratorias suele ser incompatible con la pretendida promoción de los derechos humanos, las libertades y la democracia en otros Estados. Así, la condicionalidad migratoria debilita una posible condicionalidad democrática[2], reforzando regímenes autoritarios y eludiendo el cumplimiento de los derechos de las personas migrantes, además de su seguridad y bienestar.
En definitiva, debemos señalar que la política migratoria europea y los Estados europeos son directamente responsables de lo que ocurre en estos terceros países, detrás de los focos políticos y mediáticos. Por ello, frente a esta ola creciente de discursos y políticas antimigratorias, es fundamental la investigación de periodistas como los que han revelado las negociaciones de Dinamarca. Solo se puede criticar y revertir aquello que se nombra, que existe en el debate público. Es una tarea muy complicada, desde luego, pero la dignidad de las personas migrantes nos exige estar a la altura.
[1] Gabrielli, L. (2017): “La externalización europea del control migratorio: ¿La acción española como modelo?”, Anuario CIDOB de la inmigración 2017, p. 140.
[2] Ibídem, p. 143.